Inhabilidades e incompatibilidades del Revisor Fiscal: Guía para una gestión sin riesgos
- Luz Helena Arango

- 18 dic 2025
- 5 Min. de lectura
Cuando un gerente busca un Revisor Fiscal, a menudo se enfoca en el costo o en cumplir un requisito de ley. Sin embargo, en mi trayectoria asesorando a empresas, he notado que el verdadero valor de esta figura radica en una palabra clave: independencia.
Si estás aquí, probablemente te preocupe saber si esa persona de confianza que tienes en mente puede ejercer el cargo sin meter a tu empresa en problemas legales. Entender las inhabilidades e incompatibilidades del Revisor Fiscal no es solo un tema de "no violar la ley"; es una decisión estratégica de control interno.
A continuación, desglosaremos el régimen legal colombiano (Código de Comercio y Ley 43 de 1990) en un lenguaje claro, pensado para gerentes comprometidos con el crecimiento seguro de su negocio.

¿Por qué es vital la independencia del Revisor Fiscal?
En nuestra experiencia de más de 11 años como firma boutique en Moreno Consultores, hemos visto que el gerente que realmente impulsa su negocio no busca un Revisor Fiscal "de bolsillo" que le diga sí a todo. Busca un aliado que le garantice que sus operaciones están controladas y sus riesgos gestionados.
La independencia mental y objetiva es el activo más valioso de este profesional. Si tu Revisor Fiscal tiene ataduras familiares, económicas o de amistad contigo o tus administradores, su juicio se nubla. Ya no está cuidando el patrimonio de la empresa; está cuidando una relación personal.
Por eso, cuando validamos perfiles para nuestros clientes, no vemos las inhabilidades como "trabas burocráticas", sino como filtros de calidad necesarios para ofrecer ese acompañamiento responsable que caracteriza a una cultura empresarial sana.
Diferencia entre Inhabilidad e Incompatibilidad
Aunque en la práctica ambas te impiden ejercer, legalmente tienen matices distintos que vale la pena aclarar rápidamente:
Inhabilidad: Es un impedimento previo. Son circunstancias que tiene la persona antes de ser elegida (por ejemplo, ser pariente del gerente). Si estás inhabilitado, no puedes ni siquiera ser nombrado.
Incompatibilidad: Es un conflicto que surge durante el ejercicio del cargo o por la simultaneidad de funciones. Por ejemplo, si siendo Revisor Fiscal aceptas otro cargo dentro de la misma empresa.
En resumen: la inhabilidad te cierra la puerta de entrada; la incompatibilidad te obliga a renunciar si la puerta ya estaba abierta.
El Régimen Legal: ¿Quién NO puede ser tu Revisor Fiscal?
El Artículo 205 del Código de Comercio es la brújula principal aquí. Para que tengas "tranquilidad gerencial" y no tengas que leer la norma cruda, aquí te resumo quiénes están vetados.
1. Lazos de parentesco y consanguinidad
No pueden ser Revisores Fiscales quienes tengan vínculos con los administradores, directivos, el cajero, el auditor o el contralor de la misma sociedad. Los grados prohibidos son:
Matrimonio o compañerismo permanente.
Parentesco hasta el 4º grado de consanguinidad: Padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, tíos, sobrinos y primos hermanos.
Parentesco hasta el 1º grado civil: Hijos adoptivos o padres adoptantes.
Parentesco hasta el 2º grado de afinidad: Suegros, yernos/nueras y cuñados.
El consejo de experto: Muchas veces, en empresas familiares, se intenta nombrar al primo o al cuñado "porque es de confianza". Esto es un error grave que invalida sus dictámenes y expone a la empresa a sanciones de la Supersociedades.
2. Vínculos económicos y amistad íntima
La Ley 43 de 1990 (Art. 50) va más allá de la sangre. Un Contador Público debe abstenerse de aceptar el cargo si existen:
Amistad íntima o enemistad grave.
Intereses económicos comunes (socios en otros negocios).
Cualquier circunstancia que reste independencia objetiva.
Si el candidato es tu socio en otro emprendimiento, su objetividad al auditarte está comprometida.
3. La regla de los cargos simultáneos y ex-empleados
Asociados: No puede ser Revisor Fiscal quien sea socio de la misma compañía, de sus subordinadas o de la matriz.
Empleados: Un empleado de la matriz no puede ser Revisor Fiscal de la subordinada.
Periodo de enfriamiento: Si fuiste empleado de una sociedad (ej. Contador o Gerente Financiero), no puedes ser su Revisor Fiscal hasta 6 meses después de haber cesado en tus funciones (Ley 43 de 1990, Art. 51).
Conflictos de Interés comunes en la práctica
A veces la norma no es tan evidente y entramos en zonas grises. Un caso clásico que analizó la Superintendencia de Sociedades (Oficio 220-151902) ilustra esto perfectamente:
Imagina una firma de auditoría (SAS) donde uno de los accionistas es, a su vez, miembro de la Junta Directiva de la empresa cliente.
¿Es legal? No. Se configura una incompatibilidad clara.
¿Por qué? Porque el Revisor Fiscal debe vigilar las decisiones de la Junta Directiva. Si un dueño de la firma revisora está sentado en esa Junta, básicamente se estaría auditando a sí mismo (o a su socio).
En Moreno Consultores somos muy rigurosos con esto. Quien nos contrata tendrá la oportunidad de sentirse atendido y comprendido, pero jamás en una posición donde nuestros intereses personales choquen con la transparencia que le debemos a la empresa y al Estado.
Riesgos y Sanciones para la empresa y el profesional
Ignorar estas reglas tiene consecuencias costosas:
Nulidad de decisiones: Si el Revisor Fiscal estaba inhabilitado, su nombramiento puede ser impugnado y sus dictámenes (firmas en declaraciones tributarias o estados financieros) podrían carecer de validez.
Sanciones disciplinarias: El contador se expone a multas, suspensión o cancelación de su tarjeta profesional por parte de la Junta Central de Contadores.
Riesgo reputacional: Para una gerencia comprometida con el cumplimiento, tener un Revisor cuestionado es una mancha en su gobierno corporativo ante bancos e inversionistas.
Conclusión: La cultura de la legalidad como motor de crecimiento
Las inhabilidades e incompatibilidades del Revisor Fiscal no deben verse como una lista de prohibiciones molestas. Son el marco que protege la integridad de tu información financiera.
Al final del día, el empresario que valora el crecimiento constante sabe que necesita un auditor que le diga la verdad, no lo que quiere oír. En Moreno Consultores, nuestro enfoque de servicio de calidad y soporte boutique está diseñado para esos gerentes que ven en la norma una oportunidad para ordenar la casa y proyectarse al futuro con solidez.
Preguntas Frecuentes (FAQs)
¿Cuántas Revisorías Fiscales puede tener un Contador al mismo tiempo?
Según el Código de Comercio (Art. 215), un Revisor Fiscal puede ejercer en un máximo de 5 sociedades por acciones (S.A., S.A.S., etc.). No hay límite legal numérico para sociedades limitadas o propiedades horizontales, pero el límite real es la capacidad operativa para hacer un trabajo de calidad.
¿Puede un copropietario ser Revisor Fiscal de su conjunto residencial?
En conjuntos residenciales puramente habitacionales, sí es permitido. Sin embargo, si el conjunto es comercial o mixto, el copropietario está inhabilitado (Ley 675 de 2001).
¿Qué pasa si mi Revisor Fiscal se casa con la Gerente estando ya en el cargo?
Surge una incompatibilidad sobreviniente. Debe renunciar inmediatamente, ya que pierde la independencia requerida por ley al establecerse un vínculo de afinidad/matrimonio con la administración.

